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Derecho a la información
- Información de interés público: acuerdos y disposiciones municipales que el interés público aconsejen.
- Información escrita: pueden solicitarla los ciudadanos sobre las actuaciones municipales.
- Acceso a archivos y registros: derecho a obtener copias y certificaciones acreditativas de los acuerdos del Ayuntamiento.
- Información sobre procedimientos en curso: derecho a conocer el estado de tramitación de procedimientos donde se tenga la condición de persona interesada y a obtener copia de ellos. El mismo derecho se obtiene de procedimientos en periodo de información pública.
Sesiones de Pleno en el Ayuntamiento
- Al finalizar la sesión, el Alcalde abrirá un turno de preguntas a los ciudadanos.
- El ciudadano deberá identificarse antes de realizar la pregunta, pudiendo ir ésta dirigida a cualquier miembro de la corporación municipal.
- La respuesta podrá ser por escrito si no se dispone de los datos suficientes o si se requiere informe técnico.
Derecho de petición
Todos los ciudadanos, de forma individual o colectiva, tienen el derecho a hacer peticiones o solicitudes a los órganos municipales para obtener información o aclaraciones sobre las actuaciones del Ayuntamiento. Este derecho podrá ser ejercido utilizando los medios electrónicos o telemáticos establecidos por el Ayuntamiento.
Las peticiones realizadas colectivamente deberán permitir la acreditación de la identificación de los peticionarios, debiendo figurar el nombre y apellidos, documento nacional de identidad, asà como su firma.
El Ayuntamiento informará de la recepción en el plazo máximo de diez dÃas.
Derecho de propuesta
- Instancia o registro electrónico.
- Al correo atencionalciudadano@alguazas.es
Las propuesas recibidas se darán cuenta en Comisión Informativa del Ayuntamiento de Alguazas.
La consulta popular
- Por el 20% de vecinos del municipio, mayores de 18 años, y a través de cualquier medio que permita dejar constancia fehaciente de la identidad de las personas que proponen y el objeto de la consulta popular. Su sometimiento deberá ser aprobado en Pleno por mayorÃa absoluta.
- Por el alcalde, a propuesta de los grupos polÃticos, previo acuerdo de la mayorÃa absoluta del Pleno municipal.
La iniciativa popular
Estudios de opinión
Con la finalidad de conocer la opinión de los vecinos, el Ayuntamiento podrá hacer:
- Sondeos y estudios de opinión: los resultados serán públicos y tienen el objetivo de conocer la valoración de los vecinos sobre cuestiones de relevancia.
- Encuestas de calidad: los resultados serán públicos y podrán realizarse a los usuarios de los servicios municipales.
La Asamblea abierta
Derecho a la información
- Información de interés público: acuerdos y disposiciones municipales que el interés público aconsejen.
- Información escrita: pueden solicitarla los ciudadanos sobre las actuaciones municipales.
- Acceso a archivos y registros: derecho a obtener copias y certificaciones acreditativas de los acuerdos del Ayuntamiento.
- Información sobre procedimientos en curso: derecho a conocer el estado de tramitación de procedimientos donde se tenga la condición de persona interesada y a obtener copia de ellos. El mismo derecho se obtiene de procedimientos en periodo de información pública.
Sesiones de Pleno en el Ayuntamiento
- Al finalizar la sesión, el Alcalde abrirá un turno de preguntas a los ciudadanos.
- El ciudadano deberá identificarse antes de realizar la pregunta, pudiendo ir ésta dirigida a cualquier miembro de la corporación municipal.
- La respuesta podrá ser por escrito si no se dispone de los datos suficientes o si se requiere informe técnico.
Derecho de petición
Todos los ciudadanos, de forma individual o colectiva, tienen el derecho a hacer peticiones o solicitudes a los órganos municipales para obtener información o aclaraciones sobre las actuaciones del Ayuntamiento. Este derecho podrá ser ejercido utilizando los medios electrónicos o telemáticos establecidos por el Ayuntamiento.
Las peticiones realizadas colectivamente deberán permitir la acreditación de la identificación de los peticionarios, debiendo figurar el nombre y apellidos, documento nacional de identidad, asà como su firma.
El Ayuntamiento informará de la recepción en el plazo máximo de diez dÃas.
Derecho de propuesta
- Instancia o registro electrónico.
- Al correo atencionalciudadano@alguazas.es
Las propuesas recibidas se darán cuenta en Comisión Informativa del Ayuntamiento de Alguazas.
La consulta popular
- Por el 20% de vecinos del municipio, mayores de 18 años, y a través de cualquier medio que permita dejar constancia fehaciente de la identidad de las personas que proponen y el objeto de la consulta popular. Su sometimiento deberá ser aprobado en Pleno por mayorÃa absoluta.
- Por el alcalde, a propuesta de los grupos polÃticos, previo acuerdo de la mayorÃa absoluta del Pleno municipal.
La iniciativa popular
Estudios de opinión
Con la finalidad de conocer la opinión de los vecinos, el Ayuntamiento podrá hacer:
- Sondeos y estudios de opinión: los resultados serán públicos y tienen el objetivo de conocer la valoración de los vecinos sobre cuestiones de relevancia.
- Encuestas de calidad: los resultados serán públicos y podrán realizarse a los usuarios de los servicios municipales.